Se dan por finalizadas la ligas para los equipos del Ciudad Alcalá C.F.
La Real Federación Andaluza de Fútbol (RFAF) ha puesto fin a las competiciones oficiales no profesionales debido a la situación de estado de alarma sanitaria. La medida afecta a las dos plantillas del Ciudad Alcalá C.F., de manera que la temporada oficial se da por terminada para ambas. Es decir, ya no se disputarán más partidos correspondientes a la temporada 2019-2020 en 2ª Andaluza Femenina Sénior ni en 2ª Andaluza Femenina Juvenil, donde estaban compitiendo hasta ahora el conjunto sénior y el juvenil del Ciudad Alcalá, respectivamente.
La Comisión Gestora de la RFAF ha acordado lo siguiente en su Circular nº 25:
1.- La potestad de la Comisión Gestora de la RFAF para aprobar los criterios de finalización de la temporada 2019/2020, con la modificación, si procede, de los sistemas competitivos y de las normas de competición, de acuerdo con los requisitos mínimos fijados por la Resolución de la Presidencia del CSD dictada al efecto, ajustándose dentro de la situación de excepcionalidad, lo máximo posible a los presupuestos establecidos en las Normas Reguladoras y/o Bases de Competición de las distintas competiciones que se organizan y celebran por la RFAF en las especialidades del fútbol y dando cuenta a la Asamblea General de la RFAF en la primera reunión que se celebre.
El acuerdo adoptado por la Comisión Gestora se integrará como Disposición Final con carácter excepcional al Reglamento General.
2.- Acordar la finalización de las ligas regulares sin descensos de las distintas competiciones federativas.
3.- En aquellas competiciones de la categoría sénior de fútbol o fútbol sala en las que la normativa de la competición preveía una fase final o play-offs, si las condiciones sanitarias lo permiten, se disputará dicha fase en formato exprés, a partido único y en sede neutral, sin asistencia de público y velando por el cumplimiento de las normas que las administraciones y autoridades sanitarias decidan establecer por la seguridad de todos los participantes. Para el resto de cuestiones que se puedan producir durante la disputa de play-offs, se estará a lo establecido en las Bases de Competición que se publicaron mediante circular al inicio de la temporada para cada una de las competiciones, comunicándose previo al inicio de los play-offs normas específicas de competición en relación a cambios o pausas de refresco o hidratación.
Si las condiciones sanitarias y de seguridad de los deportistas no permitiesen la celebración del citado play-off, el órgano competente resolverá sobre la finalización de las competiciones, dando cuenta a la Asamblea General para su ratificación en la primera reunión que celebre.
4.- En el resto de competiciones de fútbol y fútbol sala, de las categorías juvenil, cadetes, infantil, alevín, benjamín y prebenjamín, así como aquellas de categoría sénior sin fase final, se da por finalizada la temporada y el Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición correspondiente determinarán la posición de cada equipo en la clasificación, el campeón y las plazas de ascenso de acuerdo a las establecidas en la última jornada de competición disputada.
5.- Para el supuesto de equipos con un número desigual de partidos, el Juez Único de Competición o el Comité de Competición en su caso, aplicará el criterio de mejor coeficiente, esto es, puntos entre partidos disputados, para determinar su posición final en la clasificación y en caso de empate a puntos en puestos de dos o más equipos se aplicarán los criterios de desempate previstos en el Reglamento General de la RFAF, la diferencia de goles particulares en caso de haber disputado los dos partidos entre ellos y la diferencia de goles general en caso contrario.
6.- Se suspenden todos los Campeonatos de Andalucía de clubs, así como los Campeonatos de Andalucía de Selecciones Provinciales, tanto de fútbol como de fútbol sala, quedando desiertos en la actual temporada los títulos de campeones de los mencionados campeonatos.
7.- Autorizar para la temporada 2020/2021, que las competiciones que reglamentariamente tengan un número máximo de equipos en cada competición o grupo, puedan sobrepasar ese límite con objeto de respetar los ascensos establecidos en las normas de competición, cubriéndose únicamente las vacantes que se pudieran llegar a producir hasta alcanzar el límite de equipo establecido reglamentariamente.
8.- Comunicar a la Delegación Territorial de la Mutualidad de Previsión Social de Futbolistas Españoles a Prima Fija los acuerdos alcanzados para la adopción de las medidas que correspondan.
9.- En todas las categorías arbitrales (fútbol y fútbol sala) correspondientes a competiciones que no se puedan completar no habrá descensos de árbitros, salvo los que se puedan producir por las prescripciones reglamentarias establecidas y el número de ascensos serán determinados por la Comisión técnica arbitral según las necesidades de las diferentes competiciones.
10.- Se suspende el inicio de las competiciones oficiales de fútbol playa de la temporada 2019/2020.
De esta forma, se pone fin a unas competiciones que llevaban paralizadas desde el 11 de marzo, cuando la RFEF acordó con las federaciones territoriales que no se disputaran partidos en un plazo de quince días, como medida de prevención ante el coronavirus. Sin embargo, el 24 de marzo se emitió otro comunicado en el que se dio a conocer la decisión de suspender, hasta nuevo aviso, las competiciones de ligas deportivas de fútbol y fútbol sala, hasta que las autoridades competentes del Gobierno de España y de la Administración General del Estado considerasen que se podrían reanudar, algo que finalmente no ha ocurrido para las competiciones de fútbol no profesionales.